La Inspección de Trabajo ha actuado tras una denuncia presentada por I-STSP sobre la gestión de las vacaciones en el servicio de ZAL Port Barcelona, perteneciente a Securitas.
Según la información recogida, los trabajadores conocían sus periodos de vacaciones mediante la planificación mensual, en algunos casos con apenas cinco días de antelación. La empresa gestionaba estas fechas de manera informal, mediante acuerdos verbales o correos electrónicos, en una plantilla formada por 18 vigilantes.
Durante la actuación inspectora se solicitó documentación a la empresa y se recordó la obligación establecida en el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores: las personas trabajadoras deben conocer las fechas de sus vacaciones con al menos dos meses de antelación.
Como resultado, la Inspección efectuó un requerimiento para que Securitas comunique de forma fehaciente y por escrito las fechas de vacaciones pendientes, respetando el plazo mínimo legal.
La actuación concluye que existía un incumplimiento en la comunicación de las vacaciones y obliga a la empresa a regularizar la situación para garantizar los derechos de los trabajadores.
